CASIMIRO JESÚS BARBADO LÓPEZ

 

PORTADA

DATOS BIOGRÁFICOS

ENSEÑANZA

LAICISMO

CULTURA CIENTÍFICA

IMÁGENES

CAJÓN DE SASTRE

cjbl1958@ya.com

 

RENUNCIA A LA ENSEÑANZA ALTERNATIVA EN LA ESO

D/ Dª XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, con DNI XXXXXXXXXXX, padre/ madre/ tutor legal/  del/ la alumno/a de ___de Enseñanza Secundaria Obligatoria, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, matriculad__ en ___, para el próximo curso escolar, EXPONE

1.   En tanto entren en vigor los decretos de enseñanza derivados de la LOCE, continúa vigente el Decreto 148/ 2002 y aquellos artículos del Decreto 106/ 1992 no derogados, por los cuales se regulan las enseñanzas mínimas y los contenidos del curriculo de la Enseñanza Secundaria Obligatoria. En el artículo 3.1 del dicho decreto 106 se entiende por curriculum “el conjunto de objetivos, contenidos, orientaciones metodológicas y criterios de evaluación que regulan la práctica docente en dicha etapa”. De ello se deriva que los Objetivos de la Enseñanza Secundaria Obligatoria  que se formulan en el artículo 4 del citado decreto 148/ 2002 forman parte del curriculum de esta Etapa y constituyen la base sobre la que se sustentan las programaciones de cada una de las áreas, y que incluyen los objetivos específicos, los contenidos y los criterios de evaluación de cada una de ellas.

2.   El valor educativo  de una determinada  enseñanza queda definido por su contribución al logro de los Objetivos Generales de Etapa  y por la posibilidad de llevar a cabo su evaluación, entendida ésta como la valoración de los progresos de los alumnos/as a partir de unos criterios establecidos previamente, sustentados en unos objetivos específicos y en unos contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales  que el alumnado debe desarrollar y asimilar en cada una  de las diferentes áreas. Unas enseñanzas que no desarrollen el curriculum y que no sean objeto de evaluación,  no poseen, a mi juicio,  valor educativo. 

3.   El artículo 3.1 del RD 2438/1994 por el que se regula la enseñanza de la Religión recoge la organización de las Enseñanzas Alternativas a la Religión (Enseñanzas Complementarias) en horario simultáneo a las clases del área de Religión, indicando, además, que las mismas no versarán sobre  contenidos incluidos en las enseñanzas mínimas y en el currículo de los respectivos niveles educativos. Así mismo, según el artículo 3.4, éstas  Enseñanzas Complementarias  serán obligatorias para el alumnado que  opte por no recibir enseñaza religiosa, pero que no serán objeto de evaluación ni tendrá constancia en los expedientes académicos

4.    De  lo anterior se deduce que los alumnos/as  que reciben Enseñanzas Complementarias alternativas a la Religión están asimilando unos contenidos no curriculares,  sin criterios de evaluación definidos y sin relación con los Objetivos Generales de la Etapa ni con los Objetivos Específicos de las diferentes áreas que constituyen el curriculum. Por esta razón, estas enseñanzas son extracurriculares y por tanto, deberían ser opcionales, de la misma manera que las enseñanzas que se imparten en el centro por las tardes, dentro del Plan de Apoyo a las Familias, por ejemplo. 

5.    El  derecho y la opción de los demás padres y madres a que sus hijos/as reciban enseñanza religiosa dentro del horario escolar no puede obligar al resto de alumnado a recibir de forma alternativa unas enseñanzas extracurriculares y, por consiguiente, a permanecer en el centro más tiempo del estrictamente necesario para el desarrollo del curriculum previsto en la Ley. 

6.   Esta situación en los centros de enseñanza provoca un conflicto de derechos entre ciudadanos, cuya solución más justa, a mi entender, sería el desplazamiento del área de religión fuera del periodo lectivo, para hacer compatible el derecho a una enseñanza religiosa de unos padres y madres, frente al  derecho de los  que no han realizado esta opción para sus hijos y a los que se les obliga a permanecer en el centro  para desarrollar unas actividades extracurriculares.

        Mientras se aprueba una Ley que reforme la LOCE y solucione este problema,

        RENUNCIO a que mi ______ reciba clases de Enseñanza Alternativa y, dado que este tipo de enseñanzas se imparten a la vez que el área de Religión, SOLICITO que el horario  de esta área  sea al comienzo o al final  de la jornada escolar, para que mi ________  esté en el centro escolar, durante el periodo lectivo, sólo el tiempo  necesario para que desarrolle el currículo que por ley le corresponde a la Etapa en la que se encuentra. 

En ______________________, a ______ de ___________________ de 2005

Sr. Director del IES _________________________________________________